En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA NULIDAD del auto que ordenó la Reposición de la causa, dictado en fecha 26 de Abril de 2012, por haber omisión en la firma del Juez Temporal del Juzgado Tercero del Municipio Caroní de este Circuito y Circunscripción Judicial, dicha actuación cursa a los folios 34 al 37, de las actas que conforman este proceso, que por INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, sigue VICKY LEE DE GORDILLO, contra la Sociedad Mercantil TRASLADO DE VALORES Y VIGILANCIA, TRASVALVI C.A., y en consecuencia se REPONE la causa al estado en que se encontraba para la fecha 26 de Abril de 2012, previa notificación de las partes. En consecuencia se ordena al a-quo dictar el fallo respectiv.....