Es por todo lo antes expuesto que este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: ÚNICO: Autorizar suficientemente a la ciudadana Ely Yalitza Parra Mendoza, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.900.688, para que tramite y cobre el respectivo dinero por haberes laborales como dependiente del Cuerpo de Bomberos del estado Cojedes, adscrito a la Gobernación del estado Cojedes, Bien Mueble (vehiculo) perteneciente al padre, cuentas bancarias, Cesta Ticket, los cuales se encuentran retenidos (02) en la Sede del Cuerpo de Bomberos y tres (03) en la Oficina de Personal de la Gobernación, el respectivo dinero proveniente de la Póliza de Seguros y todo lo que pueda corresponder en su cuota parte como Universal Heredera de su causante qu.....