TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO FALCÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, por motivo de DESALOJO DE INMUEBLE, intentada por el ciudadano: LUIS EDUARDO ZAPATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.356.268, en contra de la ciudadana: MILEYDYS THAIS SALAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.890.078; todo conforme a lo establecido en el numeral 1 del Artículo 91 Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda. Segundo: se ordena el pago de treinta y nueve (39) cánones de arrendamiento más los que se hayan vencido desde la fecha de admisión de la demanda hasta el presente fallo (siete meses), a razón de setecientos bolívares mensuales por concepto de cánones de arrendamiento, tal c.....