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DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer la presente Acción de Amparo Constitucional interpuesto por los Abogados ADRIANA PACHECO HERNANDEZ y RAMSES RICARDO GÓMEZ SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V-10.725.818 y V-13.788.176, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 56.196 y 91.010, en su orden, actuando en su carácter de Co-Apoderados Judiciales de la Asociación Cooperativa "Procesadora de Frutas Ezequiel Zamora R.L.", según se evidencia en instrumento debidamente autenticado por ante la Notaria Pública de Guanare estado Portuguesa en fecha 07 de julio de 2017, quedando inserto bajo el Nº 4, Tomo 65, Folios 11 hasta el 13 de los libros de autenticaciones llevados por esa Oficina Notarial, en .....