-IV-
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Con lugar, la demanda de divorcio presentada por los ciudadanos GABRIEL FERNANDO BORTOLUZZI PESCOSO y MARIA FATIMA FREITEZ DE BORTOLUZZI, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.231.814 y V-7.071.584, basada en la sentencia vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Nº 1070/2016, de fecha 09/12/2016, alegando el desafecto como causal de divorcio, en consecuencia, DISUELTO, el vínculo matrimonial que unía a los conyugues desde fecha dieciocho (18) de mayo de 1.988, celebrado por ante la Prefectura del Municipio Naguanagua del estado Carabobo, según consta en .....