III
DECISION
Ante los razonamientos expuestos vista la solicitud presentada por los Ciudadanos ALIS DE LA COROMOTO REYES SALAZAR, JORGE ALI REYES QUIROZ, WILLIAM JAVIER REYES QUIROZ, ROSALY JACQUELINE REYES QUIROZ Y ARNALDO JOSE REYES QUIROZ y estudiado el caso cuestionado, este Tribunal resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos ALIS DE LA COROMOTO REYES SALAZAR, JORGE ALI REYES QUIROZ, WILLIAM JAVIER REYES QUIROZ, ROSALY JACQUELINE REYES QUIROZ Y ARNALDO JOSE REYES QUIROZ, la cualidad de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Ciudadana BERTA ROSARIO QUIROZ DE REYES, con vocación hereditaria y derechos sobre el acervo de bienes quedantes al fallecimiento de la nombrada ciudadana, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y al principio constitucional de tutela judicial efectiva contenido en el articulo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela dejand.....