-IV-
DECISIÓN
Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso en cuestión éste Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle al ciudadano, Francisco Eduardo Vera Bell, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-23.602.765, el derecho de propiedad sobre unas bienhechurías, constituidas sobre un área de terreno de aproximadamente de VEINTIÚN METROS CUADRADOS (21,00 M2), con un área de construcción de VEINTIÚN METROS CUADRADOS (21,00 M2), la cual posee las siguientes características: un local comercial, el cual cuenta con dos (02) piezas,, paredes de bloques de cemento, frisada, techada, techo de platabanda, piso de cemento, puertas de hierro (Santa Maria). Dicho inmueble se e.....