Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, obrando de conformidad con, el artículo 177, parágrafo segundo, literal "k" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y los artículos 822 y 823 del Código Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar bastantes las probanzas evacuadas para acreditar la cualidad que tiene el niño Se omite identidad de conformidad con lo establecido en el Articulo 65 de la Lopnna,, de ocho (8) años, de Único y Universal Heredero de quien en vida respondiera al nombre de José Eloy Junior Puyosa Ruiz, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.158.025, con vocación hereditaria y derecho sobre el acervo de bienes del fallecido, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Proc.....