en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO, en los siguientes términos: El Ciudadano: LUIS EDUARDO NAVARRO NAVARRO, se compromete a fijar Pensión Alimentaría, a favor de sus hijas antes identificadas, por la cantidad de CIEN BOLIVARES FUERTES , (Bs.100,oo), MENSUAL, a razón de CINCUENTA BOLIVARES FUERTES, (Bs.50,oo), quincenal en efectivo. Siendo esto aproximadamente la cuarta parte de un salario mínimo actualmente, de igual forma se deja constancia del incremento automático de un diez (10%) por ciento anual, de igual forma se compromete en cubrir los gastos útiles escolares, calzado, medicina, vestido, salud y otros siempre y cuando lo ameriten la misma.- Es necesario señalar que ambos progenitores están de acuerdo con lo acordado ante la Defensoria.-Se hace necesario señalar que la Obligación de Manutención será entregada personalmente a la progenitora firmando los recibos respectivo.- Por ultimo manifiesta l.....