Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: HOMOLOGAR el acuerdo, celebrado entre los progenitores de los niños ciudadanos José Gabriel Ledezma Silva y Yusmary Coromoto Sarmiento Alvarado, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.755.321 y V-24.741.842, en relación a la custodia y régimen de convivencia familiar. En consecuencia queda el niño SE OMITE NOMBRE, de cuatro (04) años de edad, bajo la custodia, los cuidados y atención de su padre y la niña SE OMITE NOMBRE, dos (02) años, bajo la custodia y cuidado de su progenitora correspondiéndole a estos velar por la custodia, la asistencia material, la vigilancia moral y educativa de los niños, así como la facultad de aplicar correctivos adecuados .....