éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, obrando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, parágrafo 1º, Resuelve:
PRIMERO: Declarar Con Lugar, la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, formulada por los ciudadanos Pedro Antonio Montilla Parra y Ana Teresa Urdaneta Herrera, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-17.328.778 y V-19.888.907, respectivamente, en consecuencia se declara el divorcio de los cónyuges, quedando disuelto el vínculo matrimonial que existió desde el día 19/01/2010, ante el Registro Civil de la parroquia Juan de Mata Suarez, Municipio Anzoátegui, estado Cojedes, según acta de matrimonio Nº 01, a partir de.....