este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Primero: Con Lugar la solicitud de rectificación de partida de nacimiento en los términos solicitados, en tal sentido, se ordena corregir el Acta de Nacimiento, inserta N° 435, folio 218, año 1998, expedida por la Primera Autoridad Civil del Registro Civil del Municipio San Carlos, Estado Cojedes, en fecha 28 de abril de 1998, correspondiente al adolescente SE OMITEN NOMBRES y del Acta de Nacimiento, N° 312, folio Vto. 157, año 2004, expedida por la Primera Autoridad Civil del Registro Civil del Municipio San Carlos, Estado Cojedes, en fecha 27 de marzo de 2004, correspondiente al niño SE OMITEN NOMBRES, única y exclusivamente en donde dice: "...Aparicio..." debe decir y leerse: "...Noguera..."; Segundo: Se ordena oficiar lo condu.....