En virtud de las consideraciones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, obrando conforme a lo establecido en el artículo 383, literal "b" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Extender la Obligación de Manutención a la joven Meivys Deilimar Noguera Plaza, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V- 21.136.072, de dieciocho años de edad, hasta que cumpla los veinticinco (25) años de edad, en razón de que la misma se encuentra cursando estudios de Licenciatura en Educación Mención Educación Integral, en la Universidad Experimental Ezequiel Zamora (UNELLEZ).
SEGUNDO: Ofíciese lo conducente al Director de la Fundación del Niño del estado Cojedes, a los fines de que siga depositando la Obl.....