ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, SE ACUERDA: PRIMERO: Revisar la Medida pero sin modificarla ni sustituirla, acordando MANTENER LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, establecida en el articulo 620 literal "d", en concordancia con el articulo 626 ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, impuesta al sancionado (Identificación que se omite por mandato expreso del parágrafo segundo del artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), por la comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto en el artículo 413 del Código Penal, ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 eiusdem, y ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en los artículos 5 y 6 ordinales 1, 2, 3, 5, y 10 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en p.....