este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Autorizar suficientemente a la ciudadana Alba Marina Vale Medina, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.327.577, para que en nombre y representación de la niña SE OMITE NOMBRE (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), proceda a gestionar todo lo concerniente para hacer efectivo el cobro de las cantidades de dinero que le corresponden por concepto Póliza de Seguro Funerario, Cuadro Póliza, Recibo de Prima Tranquilidad Familiar Vital Mercantil, de la Aseguradora Mercantil Seguros C.A, signada bajo el Nº 35877, dejados por el de cujus Víctor Luís Rondon Monsalve, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.474.567. Expídase.....