En fuerza de todas las consideraciones anteriores, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por ELIDE BRICEÑO DE CAMPOS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.103.770 contra los ciudadanos RAMON ANTONIO SILVA Y NORMA MARTINEZ DE SILVA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la Cédulas de Identidad Nº. V-3.041.710 y V- 7.530.553, respectivamente, por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE INSTRUMENTO PRIVADO, en consecuencia, PRIMERO: Se declara reconocido en su contenido y en su firma por los ciudadanos RAMON ANTONIO SILVA Y NORMA MARTINEZ DE SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 3.041.710 y V-7.530.553, en su condición de vendedores, el documento privad.....