este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en cuanto a los cónyuges, Decide:
Primero: Declara Con Lugar la petición de Divorcio propuesto por los ciudadanos Wilmer Amilcar Badillo Merlo y Johana Antúnez Gonzalez, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números V-13.182.829 y V-15.485.604 respectivamente; en consecuencia, se disuelve el vínculo matrimonial contraído ante la Prefectura del Municipio Falcón del estado Cojedes, en fecha 29/08/1.998, según Acta Nº 123, folio 130 vto y 131 vto, de esa misma fecha, tal como se evidencia en el acta de matrimonio inserta al folio cinco (5) vto de las actas procesales que conforman el presente asunto.
Segundo: En cuanto a los acuerdos suscritos entre las partes en relación al ejercicio de la Re.....