III
DECISIÓN
Por todo lo antes expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos MARIA PRUDENCIA VELASQUEZ MUÑOZ, HERIBERTO VELASQUEZ MUÑOZ, MARIA ALEJANDRA VELASQUEZ MUÑOZ, venezolanos, mayores de edad, hábil en derecho, titulares de la cedula den identidad 12.923.117, 15 019.713 y 15.019.712., domiciliados en Camoruco, sector 12 de agosto calle Principal, casa sin numero, municipio Ezequiel Zamora, la cualidad de únicos y universales herederos del ciudadano, HERIBERTO VELASQUEZ, fallecido el día 24 de Agosto del 2014, como ha quedado probado; con vocación hereditaria sobre derechos que ha.....