Ante los razonamientos expuestos y vista la solicitud presentada por los ciudadanos ISAURA ELIZABETH PINEDA (esposa), JOSE RAMON GONZALEZ PINEDA, HUGO RAFAEL GONZALEZ PINEDA y WILMER ALEXANDER GONZALEZ PINEDA, debidamente asistidos por el Abogado por el Abogado LUIS FELIPE PINTO MONTERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 111.352, y estudiado el caso cuestionado, este Tribunal resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos ISAURA ELIZABETH PINEDA (esposa), JOSE RAMON GONZALEZ PINEDA, HUGO RAFAEL GONZALEZ PINEDA y WILMER ALEXANDER GONZALEZ PINEDA, debidamente asistidos por el Abogado por el Abogado LUIS FELIPE PINTO MONTERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 111.352, la cualidad de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano PEDRO ANTONIO ALVARADO, con vocación hereditaria y derechos sobre el acervo de bienes quedantes al fallecimiento del nombrada ciudadano, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Có.....