Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Niños de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Resuelve: Designar curadora Ad-Hoc a la ciudadana Bleiris Méndez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 4.096.387, residenciada en: Urbanización los Jardines, 2da calle, casa Nº 17, San Carlos estado Cojedes; a los fines de que realice las funciones inherentes para el cargo al cual fue designada a favor de la niña .................., de diez (10) años de edad; con ocasión al futuro matrimonio que contraerá su progenitora la ciudadana Gleibis Micaleusky Flores, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.425.016. Expídase por secretaria copias certificadas de la presente decisión, y devuélvase los documentos originales.
Publíquese, Regístrese.