-IV-
Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: PRIMERO: INADMISIBLE, la demanda de Reconocimiento de Contenido y Firma incoada por el Abogado Servando Antonio Urpin Vitriago, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédulas de Identidad Nº V-5.209.817, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 22.376, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Ciudadana María Gabriela Villalba Cardenas, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.939.643, en contra del Ciudadano Luis Alberto Arellano Hernandez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.538.114, de conformidad con el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, por no haber sido subsanada en el tiempo establecido. Así se decide. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de la natu.....