éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado, entre los ciudadanos Yaneth Carolina Acosta Silva y José Abelardo Chacon Delgado, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V-16.896.816 y V-15.088.359, respectivamente; dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada por cuanto no se vulneran los derechos que asisten al niño SE OMITE NOMBRE, de once (11) años de edad, respectivamente; en consecuencia, se pone fin al presente procedimiento de Obligación de Manutención , de conformidad con lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.