este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en cuanto a los cónyuges, Decide:
Primero: Declara Con Lugar la solicitud de Divorcio propuesto por los ciudadanos Vicente Antonio Barrios Segovia, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 10.959.365 y Nuvia Del Carmen Vielma, venezolana, mayor de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V.- 10.127.933, quienes contrajeron matrimonio ante el Registro Civil de la parroquia Humocaro Alto, Municipio Moran del Estado Lara, en fecha 23/03/1987, según consta en Acta Nº 12, folio 10 vto., de esa misma fecha, tal como se evidencia en el acta de matrimonio inserta al folio seis (6) del presente asunto.
Segundo: Realizar las participaciones pertinentes a los entes del Registro del Estado Civil de.....