este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, obrando de conformidad con, el artículo 177, parágrafo segundo, literal "k" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y los artículos 822 y 823 del Código Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar bastantes las probanzas evacuadas para acreditar a favor de las ciudadanas Carmen Rossella Cardenalli Randazzo, Geysi Carolina Riera Cardenalli y la adolescente SE OMITE NOMBRE, de trece (13) años de edad, la cualidad que tienen de únicos y universales herederos, de quien en vida respondiera al nombre Jose Rafael Riera Martinez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.698.093, con vocación hereditaria y derecho sobre el acervo de bienes de la fallecida, de conformidad con lo establecido .....