DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto y vista la solicitud presentada por el ciudadano FELIX ALEXANDER ARAUJO FLORES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N V-16.157.597, civilmente hábil en derecho, con domicilio en la urbanización Cantaclaro, Sector G, calle 2, casa N° 2, San Carlos, Estado Cojedes; asistido por el abogado en ejercicio, REINALDO MUJICA MENDOZA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-16.425.858, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 122.321, y estudiado el caso cuestionado, este Tribunal resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle al ciudadano, FELIX ALEXANDER ARAUJO FLORES, la cualidad de ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del ciudadano FELIX RAMÓN ARAUJO, con vocación hereditaria y derechos sobre el acervo de bienes quedantes al fallecimiento del nombrado ciudadano, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y al p.....