REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 14 de Noviembre de 2011.
Años: 201° y 152°.
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos CESAR AUGUSTO PACHECO FREITES y LILIA ROSA VILLANUEVA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de identidad V-9.531.578 y V-8.668.517, respectivamente, domiciliados el primero en los Cocos, calle Rafael Rosales, casa sin numero, en el Municipio Rómulo Gallegos del estado Cojedes, y la segunda en la Urbanización Quebrada Honda, Cuarta calle, casa Nro. 39, de este Municipio; debidamente asistidos por la abogada en ejercicio YURANCY LILIBETH ESCOBAR ACOSTA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V-14.112.220, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 146.713 y de este domicilio; por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres, ni a disposición expresa de la Ley, se admite en cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, cítese a la Fiscal cuarta del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente del estado Cojedes, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su citación de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil. Líbrese boleta de citación.
El Juez Temporal,

Abg. VICENTE A. APONTE M.
La Secretaria,

Abg. JESSENIA CAMACHO
En la misma fecha se libró lo ordenado en el auto anterior. Se expedirán las copias certificadas que acompañan la boleta de citación una vez que la parte interesada provea los medios necesarios para los fotostatos respectivos; y quedó anotada bajo el N° 1.936/11.-
LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO

VAAM/JC/hz.-