este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Declarar la Perención de la Instancia, por consiguiente, se extingue el presente procedimiento de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana Abogada Carmen Lizausaba Escalona, en su carácter de Asesor Jurídico del extinto Instituto Nacional del Menor Seccional Cojedes, a solicitud de la ciudadana Dayhana Raquel Plata, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº- V-11.961.970, en contra del ciudadano José Gregorio Guerra Guevara, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.326.871. En consecuencia, se suspenden las medidas provisionales decretadas en fecha dos (02) de octubre de dos mil dos (2002). Ofíciese lo conducente al ente empleador.