este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 762 del Código de Procedimiento Civil DECRETA: SEPARADOS LEGALMENTE DE CUERPOS, a los ciudadanos FRANCISCO ALBERTO RAFECO AGRAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.471.253 y NELLY MAR GUEVARA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.368.721 y en consecuencia, se suspende la vida en común de los casados de conformidad con lo establecido en los artículos 188 y siguientes del Código Civil Venezolano. Por otra parte, HOMOLOGA los convenios establecidos entre las partes en cuanto a la GUARDA, RÉGIMEN DE VISITAS y OBLIGACION DE ALIMENTOS del niño XXXXXXXXXX, de cuatro (04) años, siete (07) meses y diez (10) días, en los mismos términos establecidos por los ciudadano.....