ESTE TRIBUNAL DE CONTROL N° 1 DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA, PRIMERO: El SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del adolescente: (Se omite identidad de conformidad con lo dispuesto en el articulo 65, parágrfo 2do de la LOPNA); de conformidad con el Artículo 561, Literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el Artículo 48, Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal.- SEGUNDO: Notificar a las partes de la presente decisión.- TERCERO: Remitir al Archivo Judicial las presentes Actuaciones, una vez vencido el lapso Legal correspondiente.- ASI SE DECIDE.-