PRIMERO: Actualizar cómputo de la pena, al ciudadano penado JORGE LUIS RIOS ABREU, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nº 15.363.623, natural de Guacara Estado Carabobo, fecha de nacimiento 27-05-1979, de 33 años de edad, hijo de Incolaza Abreu y Jorge Rios, Residenciado en el Barrios las compañias, Sector la Cruz Nº41 Guacara Estado Carabobo sentenciado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION por la comisión del DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO Y LESIONES PERSONALES EN GRADO DE CÓMPLICE FACILITADOR previsto y sancionado en el Articulo 406 ordinal 1º y 413 del Código Penal Vigente en perjuicio de los ciudadanos Armando Jesús Ortiz Herrera (Occiso) y Tovar Castillo Luís Miguel, quien tiene un total de pena cumplida hasta la presente fecha (23-01-2013), de TRES (03) AÑOS, OCHO (08) MESES Y DOS (02) DIAS, es decir, faltándole por cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, CUATRO (04) MESES, la cual culminará el VEINTITRES (23) DE MAYO DE 2017. Y, así se decide. SEGUNDO: Remitir.....