este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA extinguida la causa a favor de los penados LUIS ANGEL RIVAS Y PABLO RAMON ROBLES plenamente identificados por prescripción de la pena de conformidad con lo establecido en el articulo 112 ordinal primero y 105 del Código Penal vigente. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Respétese el lapso de apelación. Remítase una vez precluido el lapso al archivo judicial de este circuito judicial penal. Así lo considera quien aquí decide.