DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA. PRIMERO: Procedente la corrección del error material en la sentencia condenatoria por admisión de los hechos de fecha 31 de marzo de 2011, definitivamente firme emitida por el tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de control de este Circuito Judicial Penal, siendo que en la misma se indicó cédula de identidad numero 21.136.368, al penado de autos OSCAR EDUARDO ARAONA GALINDEZ, es decir, dígitos errados, siendo que consta en el presente asunto penal en acta de audiencia oral y privada de presentación de imputado de fecha 27 de noviembre de 2010 y acusación formal presentada por el Ministerio Publico de fecha 15 de diciembre de 2010, donde se señala la identificación plena de OSCAR EDUARDO ARAONA GALINDEZ lugar de n.....