DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta y CONFIRMA la decisión dictada en fecha 07 de noviembre de 2005, en Audiencia Preliminar, por el Tribunal de Primera Instancia, en funciones de Control N° 2 de este mismo Circuito Judicial Penal, mediante la cual Ratificó la MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD dictada en contra del ciudadano ANGEL RAFAEL GARCIA RANGEL, en la oportunidad de celebrar la Audiencia de presentación del aprehendido.
Regístrese, notifíquese, déjese copia autorizada y remítase en su oportunidad legal. CUMPLASE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, a los veintitres (23) días del mes de febrero de dos mil seis. Años 196° de la Independencia y 146° de l.....