Por las motivaciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional propuesta por el ciudadano el ciudadano Juan Carlos Tabares, en su condición de Fiscal Primero del Misterio Público en este Estado Cojedes, en contra del Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, visto que la presunta violación Constitucional CONCLUYÓ pues el presunto agraviante ceso en sus funciones judiciales, en consecuencia la presunta violación de haber existido ya CESÓ, y se restituyó la situación jurídica infringida. Además, que el referido funcionario judicial manifestó haberse inhibido en la causa signada con el alfanumérico 1C-2306-07 y que fueron remitidas dichas actuaciones a otro Tribunal; todo ello de conformidad con lo establecido en el numera.....