DISPOSITIVA
En merito de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la defensa; CONFIRMA EL FALLO RECURRIDO, dictado por el Tribunal de Primera Instancia, en funciones de Juicio Mixto, N° 2, de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual CONDENA al ciudadano WILLIANS JOSÉ LÓPEZ, CAMBIA LA CALIFICACIÓN JURÍDICA dada a los hechos, siendo la correcta ABUSO SEXUAL DE ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 en concordancia con 259 y 217 todos de la Ley Orgánica para la protección del Niño y el Adolescente; y, RECTIFICA la pena a cumplir, correspondiéndole una sanción de SIETE (07) AÑOS, SEIS (06) MESES DE PRISIÓN.