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DECISIÓN
En consecuencia y con fuerza de los razonamientos antes expuestos, tanto de hecho, como de derecho, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la cuestión previa contenida en el Ordinal 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte demandada, en consecuencia, se procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 353 ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil, En consecuencia, remítase las actuaciones al Juzgado de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes.
SEGUNDO: SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el Ordinal 5º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte demandada, en virtud de qu.....