Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 2 DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRUCITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, garantista del debido proceso, obrando de conformidad con lo dispuesto en el articulo 555 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 282 del Código Orgánico Procesal Penal, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Sustituye la Medida de Detención Preventiva establecida en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, impuesta por este Tribunal en fecha 13-03-2010, a la adolescente imputado Identificación que se omite por mandato expreso del parágrafo segundo del artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), por FIANZA PERSONAL DE DOS O MAS PERSONAS IDONEAS, contemplada en el literal "G" y "C" .....