En merito de lo anteriormente expuesto, este Juzgado del Municipio Ricaurte de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando JUSTICIA y en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA. En este Procedimiento relativo a la solicitud de de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por ante este despacho por el ciudadano: ANGEL JOSE FABREGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.963.302, de ocupación agricultor y de este domicilio, actuando en representación, defensa y a favor de sus derechos e intereses, conforme a lo pautado en el articulo 267, del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente, notifíquese a la parte interesada lo decidido por este despacho.
En virtud de lo antes expuesto en líneas superiores se ordena el archivo del presente expediente Nº 196-2009, una vez transcurrido el lapso integro para la apelación.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTR.....