Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, 26, 27, 49, 87, 89, 91, 93 y 131 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte querellada FINCA LA FORTALEZA, contra la sentencia proferida en fecha 26 de junio de 2012 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, mediante la cual se declaró Con Lugar la acción de amparo constitucional interpuesta en el presente asunto, por violación al derecho al trabajo y a la estabilidad laboral (Incumplimiento de ejecución de providencia a.....