Por las razones de hecho y de derecho, precedentemente expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Separación de Cuerpos y Bienes de los cónyuges GLADYS EDIMAR SOLORZANO y JOSE GREGORIO HERRERA LEON, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, hábiles en derecho, titulares de las cédulas de identidad Nº V-10.624.832 y V-10.992.397, respectivamente, domiciliados en el Municipio San Carlos del Estado Cojedes; y en consecuencia los declara SEPARADOS DE CUERPOS, a partir del día de hoy cuatro (04) de Febrero de 2015, bajo las condiciones estipuladas en el escrito que encabeza la presente solicitud. Así se decide.-