DECISIÓN
Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso en cuestión éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle al ciudadano:Gilberto Chacón Narváez,venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-25.472.452, debidamente asistido por el abogadoLuis Miguel Matute, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 146.767; el derecho de propiedad sobre unas bienhechurías, constituidaspor unacasa de habitación, construidas con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno de su propiedad,ubicado en la Avenida Bolívar, C/C Calle Martin Silva, El Espinal II-A, municipio Rómulo Gallegos del estado Cojedes, cuyos linderos, formas de const.....