este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Primero: Con lugar la solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos Luís Isael Ceballos Montesinos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº- V-8.669.967 y Maria Elena Blanco Natera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.323.724. En consecuencia, se declara disuelto el Vínculo Matrimonial que los une desde el día 24 de agosto de 1.993, contraído por ante la Prefectura Civil del Municipio Autónomo El Pao de San Juan Bautista del estado Cojedes, a partir de la publicación de la presente sentencia; Segundo: Se homologan los acuerdos suscritos entre las partes sobre la Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar relativo al adolescente SE OMITEN NOMBRES, ya identificado.