-III-
DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos PILAR COROMOTO GUERRA QUINTERO, DIEGO JESUS LECIS GUERRA, MARTIN LECIS CARPIO y JANIS LECIS CARPIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-9.984.490, V-29.525.880, V-11.744.408 y V-9.890.202, respectivamente, en su condición de esposa e hijos, la cualidad de Únicos y Universales Herederos, de quien en vida respondiera al nombre JANIS LECIS OTISANS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.073.291; con vocación hereditaria y derechos sobre el acervo de bienes existentes al momento del fallecimient.....