Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JUAN LINAREZ PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.039.642, asistido por los Abogados en ejercicio, JUAN ANTONIO GIL BUSTILLOS y ELÍAS CAMACHO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 39.856 y 101.458, respectivamente, por Incumplimiento de Contrato; y se condena a la demandada en autos a pagar a la parte actora la cantidad de UN MILLON DE BOLÍVARES (Bs. 1.000.000,00), a que asciende el monto de la cantidad demandada por los cánones insolutos; así mismo deberá entregar completamente desocupado de bienes y personas, el inmueble ubicado en la Urbanización Cantaclaro, calle 03, sector 01, distinguido con el Nº 5, Quinta Shakatina, San Carlos, Est.....