VI.- DECISIÓN.-
En consecuencia, en virtud de todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, conforme a derecho, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL, NULIDAD DE DOCUMENTO y DAÑOS Y PERJUICIOS interpuesta por los ciudadanos FRANCISCO JAVIER RODRÍGUEZ BOLÍVAR, actuando en su propio nombre y en representación del ciudadano JULIO LUÍS MOLINA, en contra de los ciudadanos JOSÉ NECTALI CASADIEGO y RIZZIERO GUILLERMO CIVITILLO MALDONADO, todos identificados en actas.-
SEGUNDO: NULO el asiento registral realizado por la OFICINA DE REGISTRO PÚBLICO INMOBILIARIO EL MUNICIPIO FALCÓN DEL ESTADO COJEDES, de fecha treinta (30) de septiembre del año 2008, registrado bajo el Nº 24, folios 132 al 138, protocolo .....