este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar Bastantes las Probanzas Evacuadas para acreditar que los ciudadanos Juan Heredia Ruiz y Flor Maria González González, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 2.341.381 y 9.693.162, conocen suficientemente de vista, trato y comunicación a los ciudadanos Leonardo Parra Parra y Rosa Elena Navarro Ortiz, Colombianos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros° V- 20.517.953 y E- 60.397.572, respectivamente; Asimismo, les consta que en fecha 01 de diciembre 2000, la ciudadana Rosa Elena Navarro Ortiz, dió a luz en parto extrahospitalario una niña que lleva por nombre SE OMITE NOMBRE (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), en el asent.....