En mérito de lo analizado y expuesto esta Juzgadora ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley resuelve:
Primero: se declara con lugar la solicitud de Modificación de responsabilidad de crianza formulada por la Fiscalia IV del Ministerio Público a favor del niño SE OMITE NOMBRE , específicamente en lo que a la custodia se refiere.
Segundo : Se mantiene a la madre ciudadana Bexany Anais Fonseca en ejercicio preferente de la custodia del niño , conservándose la responsabilidad de crianza en ambos progenitores , con todos sus demás derechos y facultades tales como amar , criar , formar , educar , vigilar , mantener y asistir material y moral y afectivamente al niño , ejercer respecto de él , el poder correccional , sin que en ningún caso se apliquen correctivos físicos , violencia psicológica o trato humillante , así mismo se establece que el lugar de residencia del niño es el de la madre ubicado en Mu.....