III
DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito judicial Penal del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento PRIMERO: A D M I T E cuanto ha lugar en derecho el recurso ejercido por los profesionales del derecho CARLOS EDUARDO MORATINO REYES Y KAREN FERNANDEZ OSORIO, actuando en sus condiciones de Defensores Privados, contra la decisión dictada por la recurrida, el 31 de Marzo de 2010, en la causa identificada con el alfanumérico 3C-2440-10, seguida en contra de la ciudadana: ZAIDA CAROLINA JAIME PARRA, por la comisión del delito de: OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, en perjuicio de: EL ESTADO VENEZOLANO, SEGUNDO: A D M I T E preliminarmente las pruebas promovidas por los recurrentes, salvo su apreciación o nó en la definitiva, TERCERO: No obstante el anterior pronunciamiento la sala, estima inneces.....