Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, obrando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes, parágrafo 1º, Resuelve: PRIMERO: Declarar Con Lugar, la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, formulada por los ciudadanos Ronald Alejandro Romero Sánchez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-16.158.302 y Luz Mariana Aparicio Ochoa, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-17.595.553, en consecuencia se declara el divorcio de los cónyuges, quedando disuelto el vinculo matrimonial que existió desde el día 12 de agosto de 2005, según acta Nº 130, folio Vto. 132, Año 2005, a partir de la fecha de publicación de.....