este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: Primero: Con Lugar la acción de Obligación de Manutención interpuesta por la ciudadana Nancy Saray Becerra Rivera, en su carácter de Fiscal IV del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, actuando en defensa de los derechos e intereses de las niñas (IDENTIDAD OMITIDA EN CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), a solicitud de la ciudadana Aury Mayerline Guarini Castillo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.446.102, en contra del ciudadano Eduy Eduardo Hernández Reyes, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.964.103; Segundo: Se fija en favor de las indicadas niñas por concepto de la Obligación de Manutención, la cantidad de Trescientos Bolívares Fuertes (Bs. F. 300, °° ), los cuales serán entregados.....